Textura Abierta

jueves, diciembre 08, 2005

A propósito del secreto profesional...

Hoy recibí un email del Colegio de Abogados con una declaración acerca del secreto profesional que creo conveniente leer.

Al respecto (y ojalá para abrir un debate al respecto), les refiero una columna que publiqué el 26 de noviembre de 2003 en el Diario Estategia acerca de las normas de conducta de los abogados.

1 Comments:

  • Otro tema que también requiere regulación y claridad es el alcance del secreto profesional.

    En Estados Unidos se hace la distinción entre el attorney-client privilege que protege las comunicaciones entre cliente y abogado (confidencias de uno y consejo o asesoría del otro) y el work product que protege las notas y documentos preparados por el abogado, que no son necesariamente comunicaciones entre cliente y abogado. De acuerdo a la pobre regulación nuestra no queda claro hasta donde llega el secreto en Chile y si cubre tambien el work product (o quien es el dueño de dicho producto profesional, si el cliente o el abogado).

    En general, tiendo a pensar que en la tensión entre secreto profesional y derecho de los tribunales (fiscales) a investigar, debe primar el secreto profesional. Sin embargo, no puede ser un absoluto porque se presta a que, en definitiva, todo se califique como secreto y como bien se sabe, la luz del día es el mejor desinfectante.

    Entiendo que en caso de disputa, debería ser el juez quien califique si una determinada información queda protegida por el secreto o no (obviamente, en un proceso reservado sin acceso de parte de quien pretende la información antes de la decisión del juez). Sin embargo, la pregunta es con qué criterios va a resolver el juez… es en ese punto donde hay el juez no tiene una guía y entiendo que según tu posición esa guía debería venir del Congreso.

    By Anonymous Anónimo, at 6:44 p. m.  

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